La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) recordó a las personas trabajadoras que el próximo 30 de mayo vence el plazo para recibir el Reparto de Utilidades por parte de empresas o personas morales, uno de los derechos establecidos en el artículo 123 de la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo.
El Reparto de Utilidades, también conocido como PTU, es un derecho constitucional mediante el cual los trabajadores reciben una parte de las ganancias generadas por una empresa o patrón derivadas de sus actividades productivas o servicios.
En el caso de quienes trabajan para una persona física o patrón independiente, el pago deberá realizarse a más tardar el próximo 29 de junio.
La PROFEDET explicó que tienen derecho a recibir utilidades:
personas trabajadoras activas
extrabajadores de planta o eventuales que hayan laborado al menos 60 días durante el año correspondiente
personas con incapacidad temporal
madres trabajadoras en licencia de maternidad
padres que hayan hecho uso del permiso de paternidad
¿Cómo se reparten las utilidades?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el monto de las utilidades se calcula en dos partes:
una se distribuye de manera igualitaria entre los trabajadores considerando los días laborados
otra se reparte en proporción al salario percibido durante el año.
Asimismo, las autoridades señalaron que los trabajadores tienen derecho a objetar la declaración de utilidades presentada por el empleador ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público si consideran que el pago no corresponde a lo establecido por la ley.
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¿Qué hacer si no me dan las utilidades?
Para quienes aún no reciben este pago o tengan dudas sobre el proceso, la dependencia federal puso a disposición: